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La Cámara de Senadores aprobó el Proyecto de Ley N.º 073 de Protección Jurídica contra las Denuncias o Acusaciones Falsas, una iniciativa que busca sancionar a quienes utilicen el sistema judicial de manera maliciosa para perjudicar a otras personas. La propuesta establece penas de hasta cuatro años de prisión para quienes presenten denuncias falsas de forma dolosa, además de reforzar la protección de la honra, la dignidad y la presunción de inocencia.

El proyecto también dispone que quienes sean hallados responsables de formular acusaciones falsas deberán reparar los daños materiales y morales ocasionados a las víctimas, incluyendo pérdidas económicas, laborales o familiares. Asimismo, contempla sanciones para operadores de justicia que, con pleno conocimiento de la falsedad de una denuncia, impulsen procesos irregulares o detenciones arbitrarias.

Tras su aprobación en el Senado, la iniciativa deberá continuar el procedimiento legislativo antes de convertirse en ley vigente. El debate ha generado posiciones encontradas entre distintos sectores, ya que mientras algunos consideran que la norma evitará el uso de la justicia como mecanismo de venganza o extorsión, otros sostienen que será necesario garantizar que no se limite el derecho de las personas a denunciar hechos delictivos de buena fe.

Proyecto de Ley N.º 073 de Protección Jurídica contra las Denuncias o Acusaciones Falsas, aprobado por la Cámara de Senadores en julio de 2026, las principales sanciones que contempla son:

Hasta 4 años de prisión para quien presente una denuncia o acusación falsa de manera dolosa, es decir, sabiendo que los hechos denunciados no son ciertos.
Reparación integral de daños, obligando al responsable a indemnizar a la víctima por los perjuicios materiales y morales ocasionados, como la pérdida de patrimonio, empleo o afectaciones familiares.
Sanciones para operadores de justicia (como fiscales, investigadores o abogados) cuando, con conocimiento de la falsedad de una acusación, impulsen detenciones arbitrarias o procesos irregulares.
Revisión de procesos anteriores, en casos excepcionales donde se demuestre que existió una denuncia fabricada con dolo, para establecer responsabilidades conforme a lo que disponga la ley.

Es importante señalar que este proyecto aún no era una ley vigente tras su aprobación en el Senado. Para entrar en vigor debía completar el trámite legislativo correspondiente (tratamiento en la Cámara de Diputados, si correspondía, y posterior promulgación por el Órgano Ejecutivo).

No debe confundirse con la Ley N.º 073 de Deslinde Jurisdiccional, promulgada en 2010, que regula las competencias entre la jurisdicción indígena originaria campesina y la jurisdicción ordinaria y no establece penas de hasta cuatro años de prisión.

Por Crisel

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